Observatorio Cultura y Patrimonio de Boyacá

PATRIMONIO

¿Qué es patrimonio?

“El patrimonio cultural en su más amplio sentido es a la vez un producto y un proceso que suministra a las sociedades un caudal de recursos que se heredan del pasado, se crean en el presente y se transmiten a las generaciones futuras para su beneficio. Es importante reconocer que abarca no sólo el patrimonio material, sino también el patrimonio natural e inmaterial. Como se señala en Nuestra diversidad creativa, esos recursos son una “riqueza frágil”, y como tal requieren políticas y modelos de desarrollo que preserven y respeten su diversidad y su singularidad, ya que una vez perdidos no son recuperables”.  

“Patrimonio Cultural de la Nación:  El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico”.

TIPOS DE DECLARATORIA

INTERNACIONAL

  • Autoridad Competente:
    UNESCO
  • Ente Asesor:
    MINCULTURA / UNESCO

NACIONAL

  • Autoridad Competente:
    MINCULTURA
  • Ente Asesor:
    Consejo Nacional de Patrimonio Cultural

DEPARTAMENTAL
/ MUNCIPAL

  • Autoridad Competente:
    Gobernador / Alcalde
  • Ente Asesor:
    Consejo Departamentasl de Patrimonio Cultural

DISTRITAL

  • Autoridad Competente:
    Alcalde
  • Ente Asesor:
    Consejo Distrital de Patrimonio Cultural

¿Qué es un Bien de Interés Cultural (BIC)?

“Son bienes de interés cultural BIC, aquellos que por sus valores y criterios representan la identidad nacional, declarados mediante acto administrativo por la entidad competente, quedando sometidos al régimen especial de protección definido en la ley; estos pueden ser de naturaleza mueble, inmueble o paisajes culturales.

Los bienes del patrimonio arqueológico se consideran bienes de interés cultural de la nación de conformidad con lo estipulado en la Ley 397 de 1997 modificada por la Ley 1185 de 2008”. 

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